Extorsión

La intersección de las leyes estatales y federales siempre es un desafío para navegar, principalmente cuando se trata de delitos que conllevan penas severas.

 

El chantaje y la extorsión están interconectados, pero son delitos distintos abordados por la ley federal bajo 18 USC § 873 y varios Estatutos Revisados ​​de Arizona.

❗Curiosamente, el FBI informa que los casos de extorsión han aumentado constantemente, con un asombroso aumento del 20% en los últimos cinco años. Las complejidades y complejidades de tales casos a menudo requieren la experiencia de un abogado defensor penal federal con experiencia, como los de Kolsrud Law Office.

Póngase en contacto con nosotros ahora, ¡estamos aquí para ayudarlo!

Comprender el delito federal de chantaje y extorsión: 18 USC § 873

Chantaje y extorsión bajo 18 USC § 873 se consideran delitos graves según las leyes federales y de Arizona. El estatuto federal define el chantaje como la demanda de dinero o cualquier cosa de valor a cambio de no revelar información comprometedora o dañina sobre un individuo. Por otro lado, la extorsión implica el uso de amenazas o fuerza para obtener algo, generalmente dinero o propiedad, de otra persona.

 

Los elementos clave del chantaje bajo 18 USC § 873 incluyen la intención, la demanda de dinero, propiedad o cualquier cosa de valor, y la amenaza de revelar información.

 

Para la extorsión, el perpetrador debe amenazar o dañar intencional e ilegalmente a otra persona con la intención de obtener algo de valor. Vale la pena señalar que el "algo de valor" no se limita estrictamente al dinero o los bienes tangibles.; también podrían ser servicios o acciones que la víctima normalmente no realizaría.

Chantaje Extorsión

Diferencias clave entre chantaje y extorsión: interpretación del código ARS y de EE. UU.

Si bien tanto el chantaje como la extorsión tienen por objeto obtener algo de valor a través de medios coercitivos, existen diferencias sutiles entre los dos.

 

Estatutos Revisados ​​de Arizona (ARS) § 13-1804 establece que el chantaje ('robo por extorsión') consiste en obtener bienes o servicios a través de amenazas.

 

En cambio, bajo 18 USC § 873, la ley federal diferencia aún más entre los dos delitos al distinguir la naturaleza y el tipo de amenaza involucrada.

 

Por ejemplo, el chantaje involucra amenazas de revelar información vergonzosa, vergonzosa o dañina, mientras que la extorsión involucra amenazas de daño físico, daño a la propiedad o consecuencias legales.

El papel de la intención en el enjuiciamiento del chantaje y la extorsión según 18 USC § 873

Cuando se procesan casos de chantaje y extorsión bajo la ley federal, el elemento de intención juega un papel crucial. La acusación debe probar más allá de toda duda razonable que el acusado tuvo la intención de cometer el delito, demostrando que exigió o amenazó con obtener algo de valor.

 

Este requisito se extiende también a los Estatutos Revisados ​​de Arizona. Por ejemplo, ARS § 13-1804 establece explícitamente que para cometer hurto mediante extorsión, el imputado debe actuar “a sabiendas”. Esto significa que la acusación debe establecer que el acusado sabía que sus acciones privarían ilegalmente a otra persona de su propiedad.

 

Es importante recordar que la intención suele ser subjetiva y requiere pruebas sustanciales. El uso de comunicaciones verbales o escritas, testigos, vigilancia o huellas digitales pueden demostrar significativamente la intención.

extorsión

Posibles defensas a los cargos federales de chantaje y extorsión

Al igual que con cualquier cargo penal, hay varias defensas disponibles para los acusados ​​de chantaje y extorsión según 18 USC § 873. Un abogado defensor penal federal hábil de la oficina legal de Kolsrud puede diseñar una defensa estratégica para impugnar el caso de la fiscalía y potencialmente reducir o desestimar los cargos. .

 

Una defensa común es desafiar el elemento de intención. Si se puede probar que hubo una falta de intención de cometer el delito, entonces el cargo no puede sostenerse. Por ejemplo, el acusado podría haber creído que tenía un derecho legítimo a la propiedad que supuestamente trató de extorsionar.

 

Otra defensa podría ser la coacción, lo que significa que el acusado fue obligado a cometer el acto bajo la amenaza de daño. Además, la trampa podría aplicarse si la policía indujo al acusado a cometer el delito.

Consecuencias y sanciones de violar 18 USC § 873: un análisis comparativo de las leyes federales y de Arizona

La violación de 18 USC § 873 conlleva sanciones severas. ISi es declarado culpable, una persona puede enfrentar hasta 1 año de prisión según la ley federal.

 

Las penas son aún más severas según la ley de Arizona. Según ARS § 13-1804, el robo por extorsión se clasifica como un Delito mayor clase 2, lo que resulta en una pena de prisión de hasta 12.5 años para quien infraccione por primera vez.

 

La severidad de las sanciones subraya la importancia de contar con un abogado defensor penal federal experimentado de su lado. En Bufete de abogados Kolsrud, utilizamos nuestra experiencia y conocimientos para montar una defensa sólida, con el objetivo de garantizar el mejor resultado posible para nuestros clientes.

chantaje

¿Qué son los delitos federales relacionados?

La lista a continuación destaca varios delitos federales estrechamente relacionados con la extorsión y el chantaje, lo que brinda una comprensión más amplia del panorama de los delitos federales.

 

  • 18 USC § 871: Ley que aborda las amenazas contra el presidente de los Estados Unidos y sus sucesores
  • 18 USC § 872: Estatuto relativo a la extorsión cometida por funcionarios o empleados del gobierno de los Estados Unidos
  • 18 USC § 873: Ley federal que aborda explícitamente el delito de chantaje
  • 18 USC § 874: Estatuto relativo a los sobornos recibidos por los empleados de obras públicas
  • 18 USC § 875: Ley que aborda el tema de las comunicaciones interestatales, particularmente las conductas delictivas a través de tales medios
  • 18 USC § 876: Estatuto sobre el envío de comunicaciones amenazantes a través del sistema postal
  • 18 USC § 877: Ley enfocada en comunicaciones postales amenazantes enviadas desde un país extranjero
  • 18 USC § 878: Ley federal que aborda las amenazas contra funcionarios extranjeros, invitados extranjeros o personas protegidas internacionalmente
  • 18 USC § 879: Estatuto relativo a las amenazas proferidas contra ex presidentes de los Estados Unidos y otras personas específicas
  • 18 USC § 880: Ley Federal sobre la recepción del producto de actividades de extorsión.

La importancia de la representación legal con experiencia en casos federales

Enfrentar cargos de agredir a un oficial federal es un asunto serio, y no se puede exagerar la importancia de contar con representación legal experimentada. El abogado adecuado puede distinguir entre un resultado favorable y una sentencia severa.

 

At Bufete de abogados Kolsrud, nuestros experimentados abogados defensores federales aportan su vasto conocimiento y experiencia para luchar incansablemente por sus derechos y su futuro.

Contáctenos hoy para programar
UN CONSULTOR GRATUITO y aprender mas
sobre cómo podemos ayudarte.

Un abogado de defensa criminal galardonado desde 2006

Por qué elegir a Josh Kolsrud

Con más de 100 juicios a su nombre y años de experiencia como fiscal estatal y federal, Josh entiende la ley, el proceso legal y sus derechos. Josh también se compromete a representar a cada cliente con la máxima integridad y dedicación.

icon1

Experiencia

Josh ha procesado delitos importantes a nivel estatal y federal, dirigió una operación exitosa contra el tráfico sexual de personas que salvó vidas y defendió a sus clientes ante innumerables jurados y jueces.

icon2

Trayectoria

Josh es un experto en derecho penal federal y de Arizona, y está listo para poner esa experiencia a trabajar para usted.

icon3

Dedicación

Como fiscal, Josh vio que demasiados acusados ​​perdían su sustento debido a la mala representación. Josh siempre le dará a cada cliente su completa atención y esfuerzo.

Obtenga una consulta inicial gratuita:

Complete nuestro formulario a continuación para obtener una consulta inicial gratuita
o llámanos al (480) 999-9444.