Abogado de Delitos con Armas
Cargos federales por armas de fuego

Delitos con armas de fuego federales

Si enfrenta cargos federales por armas de fuego, contratar a un abogado defensor calificado y con experiencia puede ser la diferencia entre un resultado favorable y uno devastador. Josh Kolsrud puede ayudarlo a comprender sus cargos, construir una defensa sólida, negociar con la fiscalía y proteger sus derechos en la corte.

Durante los 14 años de Josh como fiscal estatal, internacional y federal, llevó a juicio más de 100 casos. Como Fiscal Auxiliar de los Estados Unidos (AUSA), Josh manejó 3,528 casos y muchos incluyendo cargos federales por armas de fuego.

 

Josh y su equipo trabajarán incansablemente para defender sus derechos y proteger sus intereses durante todo el proceso legal. Tenemos un profundo conocimiento de las leyes federales y podemos brindarle la orientación experta que necesita para construir una defensa sólida y lograr el mejor resultado posible en su caso.

Contáctenos hoy para programar una consulta gratuita y aprende más sobre cómo podemos ayudarte.

Tráfico ilegal de armas: rifles extendidos sobre una mesa.

¿Qué son los cargos federales por armas de fuego según 18 USC 924?

18 USC 924 es una ley federal que establece varios delitos relacionados con armas de fuego. La ley establece sanciones penales para las personas que incurran en el uso, posesión o transferencia ilegal de armas de fuego.

 

Estos delitos incluyen lo siguiente:

  • Posesión de un arma de fuego por un delincuente convicto

    Es ilegal que cualquier persona que haya sido condenada por un delito grave posea un arma de fuego. Esta prohibición se extiende a las armas de fuego propiedad de otra persona pero en posesión del delincuente convicto.

     

    En USC Título 18, Sección 922(g)(1), es ilegal que cualquier persona condenada por un delito punible con prisión por un término superior a un año posea cualquier arma de fuego o municiones.

     

    Las ramificaciones de este delito pueden ser graves. La ley federal prescribe una pena máxima de 10 años de prisión. Sin embargo, bajo el Ley penal de carrera armada, si un delincuente tiene tres o más condenas por delitos violentos o delitos graves de drogas, la pena aumenta a un mínimo de 15 años a cadena perpetua.

  • Posesión de un arma de fuego por un extranjero ilegal

    Es ilegal que cualquier persona que no sea ciudadano o residente legal de los Estados Unidos posea un arma de fuego.

     

    USC Título 18, Sección 922(g)(5) prohíbe a un extranjero ilegal o ilegal poseer cualquier arma de fuego o municiones. La aplicación de esta ley es estricta, y la pena potencial en caso de condena es una multa considerable y/o prisión de hasta 10 años.

     

    La ley del estado de Arizona también es clara acerca de prohibir la posesión de armas de fuego por parte de ciudadanos no estadounidenses que no posean la documentación de inmigración adecuada. Como se indica en 13-3101(A)(7)(b), los extranjeros que se encuentran ilegalmente en los Estados Unidos no tienen derecho a poseer un arma de fuego.

     

  • Posesión de un arma de fuego en una instalación federal

    Es ilegal poseer un arma de fuego en una instalación federal, como un juzgado, una prisión o una oficina de correos.

     

    USC Título 18, Sección 930 prohíbe la posesión de armas de fuego en instalaciones federales, con excepciones muy limitadas. Una violación de esta sección es un delito punible con hasta un año de prisión o hasta cinco años si la posesión tenía la intención de usarse para cometer un delito.

     

    La ley amplía aún más la prohibición a establecimientos y eventos públicos en Arizona, como se especifica en 13-3102(A)(10).

  • Posesión de Arma de Fuego Durante la Comisión de un Delito de Violencia o Delito de Narcotráfico

    Es ilegal poseer un arma de fuego durante la comisión de un delito de violencia o delito de tráfico de drogas.

     

    En la sección USC Título 18, Sección 924(c), un acusado que porte un arma de fuego durante un delito violento o de narcotráfico se enfrenta a una sentencia mínima obligatoria de 5 años además del castigo por el delito subyacente. La pena mínima de prisión es 7 años si el arma de fuego se muestra amenazadoramente. Además, si se dispara el arma de fuego, la pena mínima de prisión aumenta a no menos de 10 años.

     

  • Transferencia ilegal de un arma de fuego

    Es ilegal transferir un arma de fuego a alguien que no tiene permiso legal para poseerla.

     

    De acuerdo con USC Título 18, Sección 922(a)(1)(A), dedicarse al negocio de vender armas de fuego sin licencia es un delito federal. El castigo por tal acto puede ser severo, incluyendo una multa, prisión de hasta cinco años, o ambos..

     

    Las leyes de Arizona también consideran la venta o transferencia ilegal de armas de fuego como un delito grave. 13-3102(A)(9) establece que la venta o entrega de un arma de fuego a una persona a la que la ley prohíbe poseerla es un acto de mala conducta que involucra armas. 

  • Recibo ilegal de un arma de fuego

    Es ilegal recibir un arma de fuego de alguien que no tiene permiso legal para poseerla.

     

    En el contexto federal, USC Título 18, Sección 922(a)(3) prohíbe que cualquier persona (excepto un distribuidor autorizado) reciba un arma de fuego traída a su estado por otra persona. La violación de esta ley puede dar lugar a penas de prisión de hasta cinco años.

  • Posesión de un arma de fuego con un número de serie borrado

    Es ilegal poseer un arma de fuego con un número de serie borrado.

    USC Título 18, Sección 922(k) establece que es ilegal que cualquier persona posea a sabiendas un arma de fuego con el número de serie eliminado, borrado o alterado. Este delito federal puede ser castigado con una multa, prisión de hasta cinco años o ambos.

    Según la ley de Arizona, poseer un arma de fuego desfigurada también es un delito penal. 13-3102(A)(4) sostiene que una persona comete mala conducta que involucra armas al poseer un arma mortal desfigurada sabiendo que fue desfigurada.

Decenas de armas de fuego sobre una mesa con etiquetas de precio que sugieren tráfico de armas.

Posibles sanciones federales por armas de fuego

Las sanciones por violar 18 USC 924 pueden ser severas. La pena exacta dependerá del delito específico, los antecedentes penales del delincuente y otros factores. Algunas de las sanciones que se pueden imponer por violar 18 USC 924 incluyen:

  • 1

    Prisión:

    Según el delito, un delincuente puede enfrentar una sentencia de hasta 10 años en una prisión federal.

  • 2

    Multas:

    Los infractores también pueden recibir una multa de hasta $250,000 por cada infracción.

  • 3

    Confiscación de activos:

    Además del encarcelamiento y las multas, el gobierno puede confiscar las armas de fuego y otros bienes de los infractores.

Abogado defensor de delitos con armas Josh Kolsrud

Defensa contra cargos federales por armas de fuego

Cuando se enfrenta a cargos federales por armas de fuego, la asistencia de un experto abogado de defensa criminal federal se vuelve crucial.

 

La Bufete de abogados Kolsrud se enorgullece de gestionar eficazmente estos casos. Nuestro equipo legal, con un amplio conocimiento de las leyes federales y de Arizona, diseña una estrategia de defensa adaptada a las especificaciones de su caso.

 

Algunas de las estrategias que empleamos incluyen:

  • Impugnación de las pruebas de la acusación

    No es raro que se cuestionen las pruebas en los casos de armas de fuego. Nuestros abogados examinan críticamente la evidencia en busca de errores de procedimiento, posible contaminación o problemas de credibilidad. Por ejemplo, si se encontró un arma de fuego en una propiedad compartida, podríamos argumentar que no necesariamente pertenece al acusado.

  • Cuestionamiento de la legalidad de la búsqueda o el arresto

    Examinamos las circunstancias del arresto o registro para asegurarnos de que no se hayan violado sus derechos constitucionales. Por ejemplo, si un oficial de la ley descubrió un arma de fuego durante un registro sin una orden judicial válida, podríamos argumentar que la evidencia obtenida infringe su Derechos de la Cuarta Enmienda.

  • Negociación de acuerdos de declaración de culpabilidad

    Cuando corresponde, negociamos acuerdos de culpabilidad para reducir posibles sanciones. Esto podría implicar declararse culpable de un cargo menor para evitar un cargo más grave. Por ejemplo, puede aceptar un acuerdo de culpabilidad por un delito menor para evitar una posible condena por un delito grave.

     

Adicionalmente, de acuerdo a Estatuto revisado de Arizona ARS 13-205, la acusación tiene la responsabilidad de probar el caso más allá de una duda razonable.

 

Por lo tanto, parte de nuestra estrategia de defensa a menudo implica:

  • Sembrar dudas sobre el caso de la acusación

    Trabajamos diligentemente para resaltar las inconsistencias en el caso de la fiscalía o ilustrar que los elementos críticos del delito no pueden probarse definitivamente. Por ejemplo, si lo acusan de poseer un arma de fuego como un delincuente convicto, podríamos impugnar la validez de la condena por delito grave anterior.

Hable con un abogado defensor federal de armas de fuego

Si usted o alguien que conoce enfrenta cargos por violar 18 USC 924, es crucial buscar el consejo y la orientación de un abogado defensor penal federal con experiencia. Pueden ayudarlo a comprender sus derechos y opciones legales, desarrollar una estrategia de defensa sólida y trabajar para minimizar las posibles consecuencias de una condena.

En nuestro bufete de abogados, tenemos un historial comprobado de defensa exitosa de clientes contra delitos con armas de fuego y otros cargos penales federales. Entendemos las complejidades de la ley federal y tenemos la experiencia y los recursos necesarios para proteger los derechos e intereses de nuestros clientes.

Si enfrenta cargos por violar 18 USC 924 o cualquier otro delito federal, contáctenos hoy para programar una consulta gratuita. Estamos listos para brindarle la orientación y representación legal que necesita para navegar el sistema de justicia penal federal y lograr el mejor resultado posible en su caso.

Acerca de la Oficina de Abogados de Kolsrud

El bufete Kolsrud Law Offices, con sede en Phoenix, se especializa en brindar una defensa eficaz a clientes que enfrentan cargos penales federales. Dirigido por el abogado Josh Kolsrud, exfiscal federal con amplia experiencia en juicios, el bufete combina un profundo conocimiento del derecho penal federal y del de Arizona para afrontar desafíos legales complejos.

 

Con un enfoque especializado en delitos federales, el equipo trabaja diligentemente para proteger los derechos de sus clientes y obtener resultados favorables. El enfoque del bufete prioriza la intervención temprana y la planificación estratégica, lo que les permite impugnar eficazmente las pruebas y las tácticas de la fiscalía. Esta estrategia proactiva no solo ayuda a los clientes a comprender las posibles implicaciones de sus casos, sino que también les permite elaborar una defensa adaptada a sus circunstancias particulares.

Acerca de Josh Kolsrud

El abogado Josh Kolsrud es un respetado defensor penal con amplia experiencia en casos relacionados con delitos con armas de fuego. Su singular trayectoria como exfiscal federal le proporciona un profundo conocimiento tanto del sistema de justicia penal como de las complejidades de los delitos con armas de fuego.

 

Con sobre casos 3,500 Con más de 100 juicios a sus espaldas, Kolsrud emplea un enfoque enérgico y estratégico para defender a sus clientes. Su profundo conocimiento de las leyes estatales de Arizona, junto con las leyes federales sobre delitos con armas de fuego, lo posiciona como un defensor formidable para quienes enfrentan estas graves acusaciones. Su trayectoria comprobada garantiza que no solo está familiarizado con el marco legal, sino que también es experto en afrontar los complejos desafíos legales que suelen surgir en los casos de armas de fuego.

 

Además de su impresionante experiencia en los tribunales, la reputación de Kolsrud se ve reforzada por sus numerosos galardones, entre ellos el de «Litigante del Año» otorgado por el Instituto Americano de Abogados Litigantes. Su compromiso con sus clientes se evidencia en las medidas proactivas que adopta, centrándose en la elaboración de estrategias de defensa personalizadas que tienen en cuenta las circunstancias y los detalles específicos de cada caso.

 

Conociendo de primera mano el profundo impacto que una condena por un delito con armas de fuego puede tener en la vida de una persona, Kolsrud se dedica a garantizar que sus clientes reciban la representación legal de la más alta calidad. Ya sea negociando acuerdos con la fiscalía o defendiendo enérgicamente los casos en juicio, la dedicación y la experiencia inquebrantables de Kolsrud lo convierten en una opción confiable para quienes enfrentan acusaciones de delitos con armas de fuego.

 

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Un abogado de defensa criminal galardonado desde 2006

Por qué elegir a Josh Kolsrud

Con más de 100 juicios a su nombre y años de experiencia como fiscal estatal y federal, Josh entiende la ley, el proceso legal y sus derechos. Josh también se compromete a representar a cada cliente con la máxima integridad y dedicación.

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Experiencia

Josh ha procesado delitos importantes a nivel estatal y federal, dirigió una operación exitosa contra el tráfico sexual de personas que salvó vidas y defendió a sus clientes ante innumerables jurados y jueces.

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Trayectoria

Josh es un experto en derecho penal federal y de Arizona, y está listo para poner esa experiencia a trabajar para usted.

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Dedicación

Como fiscal, Josh vio que demasiados acusados ​​perdían su sustento debido a la mala representación. Josh siempre le dará a cada cliente su completa atención y esfuerzo.

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